OCDE"Recomendación del Consejo sobre las directrices para la protección de la privacidad y la transferencia transfronteriza de datos personales"(Traducción provisionalLas "Directrices sobre la protección de la privacidad y el flujo transfronterizo de datos personales", que constituyen un anexo a las "Directrices sobre la protección de la privacidad y el flujo transfronterizo de datos personales".SEGUNDA PARTE. PRINCIPIOS BÁSICOS DE APLICACIÓN NACIONALLos ocho principios enumerados en el texto corresponden a las secciones 7 a 14 del documento original.
En esta página, se han añadido los números (1), etc., que preceden a los títulos de cada principio para mayor claridad, indicando que hay ocho principios. Asimismo, siguiendo la convención, «Rendición de cuentas» se traduce como «responsabilidad». Cabe señalar que la Parte 8 de las Directrices de Privacidad de la OCDE es...TERCERA PARTE. IMPLEMENTACIÓN DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS"(Traducción provisionalPor lo tanto, hacer referencia a esto también facilitará la comprensión de a qué se refiere "Rendición de cuentas" en este contexto.
Asimismo, quisiera señalar que las directrices de privacidad, en la sección 3, establecen lo siguiente:
3. Los principios establecidos en estas directrices son complementarios y deben leerse en su conjunto.
En otras palabras, no es aceptable simplemente tomar lo que en Japón se conoce como los ocho principios de la OCDE (Parte 8 de las directrices) y leerlos de forma aislada.Texto completoDebes leerlo con atención y comprenderlo dentro de ese contexto. Nuevamente,Le recomendamos que consulte el texto completo aquí..
Parte 2: Principios básicos relativos a la aplicación doméstica
(1) Principios de restricción de colección (Principio de limitación de la recaudación)
- La recopilación de datos personales debe estar restringida y dichos datos deben recopilarse por medios lícitos y justos y, cuando proceda, con el conocimiento o consentimiento del interesado.
(2) Principios de calidad de datos (Principio de calidad de los datos)
- Los datos personales deben ser pertinentes para la finalidad para la que se utilizan y deben mantenerse exactos, completos y actualizados en la medida necesaria para dicha finalidad.
(3) Principio de aclaración del propósito (Principio de especificación del propósito)
- La finalidad para la que se recogen los datos personales debe especificarse, a más tardar, en el momento de la recogida de datos, y su uso posterior debe limitarse a la consecución de dicha finalidad, o a otras finalidades que no sean incompatibles con la anterior y que se especifiquen cada vez que cambie la finalidad.
(4) Principios de restricciones de uso. (Principio de limitación de uso)
- Los datos personales no deben ser divulgados, proporcionados ni utilizados de ninguna otra manera para ningún propósito que no sea el especificado de conformidad con la Sección 9, excepto en los siguientes casos:
a) Cuando el interesado haya dado su consentimiento; o
b) Cuando lo permita la ley.
(5) Principios de salvaguardia (Principio de medidas de seguridad)
- Los datos personales deben protegerse mediante medidas de seguridad razonables contra riesgos como la pérdida o el acceso no autorizado, la destrucción, el uso, la alteración o la divulgación de los datos.
(6) Principio de divulgación (Principio de fuego abierto)
- Deben establecerse políticas generales de divulgación en relación con el desarrollo, las prácticas y las políticas relativas a los datos personales. Deben estar fácilmente disponibles los medios para verificar la existencia y la naturaleza de los datos personales, sus usos principales, así como la identidad y la ubicación habitual del responsable del tratamiento.
(7) Principio de participación individual (Principio de participación individual)
- Los individuos deberían tener derecho a:
a) Solicitar al responsable del tratamiento de datos o a otra parte que confirme si el responsable del tratamiento de datos posee o no datos sobre uno mismo;
b) En cuanto a los datos sobre uno mismo,
i. dentro de un período de tiempo razonable;
ii. Con una tarifa no excesiva (si corresponde)
iii.de manera razonable
iv. En un formato que sea fácilmente comprensible para la persona.
Se dará a conocer;
c) Si se deniega una reclamación conforme a los apartados a) y b), se explicarán los motivos de dicha denegación y se podrá interponer una objeción contra la misma; y
d) El derecho a oponerse a los datos que le conciernen y, si se acepta la objeción, a que los datos sean eliminados, corregidos, complementados o modificados.
(8) principio de responsabilidad (Principio de rendición de cuentas)
- Los responsables del tratamiento de datos deben velar por el cumplimiento de las medidas que hagan efectivos los principios mencionados anteriormente.
(Fuente) OCDE. (2013). Recomendación del Consejo relativa a las Directrices que rigen la protección de la privacidad y los flujos transfronterizos de datos personales.. https://legalinstruments.oecd.org/en/instruments/OECD-LEGAL-0188
